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Actividades y Servicios Económicos
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Detalles
Identificador
7688605
Número de elementos
6
Creado
Alberto Araguás
Inicio
Actividades y Servicios Económicos
Carpetas
Actividades comerciales minoristas y de prestación de determinados servicios contemplados en la Ley 12 2012, de 26 de diciembre
Declaración Responsable para el Inicio y desarrollo de las actividades comerciales minoristas y de prestación de determinados servicios que contempla la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
Inicio de Actividad sujeta a Licencia Ambiental de Actividades Clasificadas
Actividades sujetas a licencia ambiental de actividades clasificadas, excepto las contempladas en el art. 72.3 de la Ley de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, que se pueden iniciar previa presentación de Declaración Responsable de sus titulares. La solicitud de la licencia deberá presentarse en el plazo de tres meses junto con toda la documentación que resulte procedente. Consultar el apartado de Licencia Ambiental de Actividades Clasificadas.
Licencia de Apertura
Están sujetas las actividades no clasificadas y, en todo caso, las enumeradas en el anexo V de la Ley de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, siempre que estas no se hallen incluidas en la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
Cambio de titularidad
Licencia Ambiental de Actividades Clasificadas
Actividades clasificadas son las consideradas molestas, insalubres, nocivas y peligrosas para el medio ambiente. Se hallan sujetas a esta licencia la construcción, montaje, explotación, traslado o modificación sustancial de estas actividades.
Licencia de Inicio de Actividad y o Licencia de Funcionamiento
Licencia de Inicio de Actividad: Trámite previo al comienzo de una actividad sujeta a autorización ambiental integrada o licencia ambiental de actividades clasificadas. Licencia de Funcionamiento: Trámite previo a iniciar actividades en establecimientos públicos, una vez obtenidas las correspondientes licencias urbanísticas, ambientales, o de apertura, cuando el titular considere que cumple los requisitos establecidos en las mismas.
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