Se extiende a 15 puntos hasta el día 7 de junio
La Policía Local de Monzón ha iniciado una campaña especial de seguridad vial “Stop, reduce el riesgo”, dirigida a la circulación, en especial, en lo relativo al respeto de señales de prioridad, ceda al paso, stop y cambio de dirección hasta el día 7 de junio con el objetivo de prevenir accidentes.
El concejal delegado de Policía, Carlos Perella, ha informado que “la campaña se extiende a 15 emplazamientos en los que los agentes intensificarán su presencia para prevenir accidentes, mejorar el cumplimiento de las normas de circulación y reforzar la seguridad vial de todos los usuarios”.
En especial, explica el jefe de la Policía Local, Daniel Saura, la campaña surge “tras analizar los datos de 2024 y 2025 identificando las zonas con mayor conflictividad en intersecciones señalizadas e intersecciones sin señalizar”.
Intersecciones señalizadas
1. La preferencia de paso en las intersecciones se ajustará a la señalización que la regule.
2. Los conductores de vehículos que se aproximen a una intersección regulada por un agente de la circulación deberán detener sus vehículos cuando así lo ordene este mediante las señales previstas en el artículo 141, desarrolladas en el apartado 1 del anexo I.
3. Todo conductor de un vehículo que se aproxime a una intersección regulada por semáforos deberá actuar en la forma ordenada en el apartado 4 del anexo I respecto a los semáforos circulares para vehículos.
4. Los conductores de los vehículos que se aproximen a una intersección señalizada con señal de intersección con prioridad, o que circulen por una vía señalizada con señal de calzada con prioridad, previstas en el Catálogo dentro de las «señales de advertencia de peligro» y «señales de prioridad», tendrán prioridad de paso sobre los vehículos que circulen por otra vía o procedan de ella.
5. En las intersecciones de vías señalizadas con señal de «ceda el paso» o «detención obligatoria o stop», previstas en el Catálogo dentro de las «señales de prioridad» y «señales horizontales», los conductores cederán siempre el paso a los vehículos que transiten por la vía preferente, cualquiera que sea el lado por el que se aproximen, llegando a detener por completo su marcha cuando sea preciso y, en todo caso, cuando así lo indique la señal correspondiente.
6. Las infracciones a las normas de este precepto relativas a la preferencia de paso tendrán la consideración de graves, conforme a lo dispuesto en el artículo 76.c) del texto refundido.
Intersecciones sin señalizar
1. En defecto de señal que regule la preferencia de paso, el conductor está obligado a cederlo a los vehículos que se aproximen por su derecha, salvo en los siguientes supuestos:
• a) Tendrán derecho de preferencia de paso los vehículos que circulen por una vía pavimentada frente a los procedentes de otra sin pavimentar.
• b) Los vehículos que circulen por raíles tienen derecho de prioridad de paso sobre los demás usuarios.
• c) En las glorietas, los que se hallen dentro de la vía circular tendrán preferencia de paso sobre los que pretendan acceder a aquéllas (artículo 21.2 del texto articulado).
• d) Los vehículos que circulen por una autopista o autovía tendrán preferencia de paso sobre los que pretenden acceder a aquélla.
2. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.c) del texto articulado.
Las actuaciones se centrarán en el incumplimiento de señales de prioridad de paso, stop y ceda, incumplimiento de la señalización semafórica, giros antirreglamentarios o maniobras indebidas en intersecciones, estacionamiento indebido que obstaculice la visibilidad o dificulte la incorporación segura y el control de velocidad.
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