Convenios, encomiendas y concesiones

La encomienda de gestión es la posibilidad de que los órganos administrativos encarguen -por razones de eficiencia o por no disponer de los medios técnicos más adecuados para su desempeño- a otros órganos, de la misma o diferente administración, la realización de trabajos materiales, técnicos o de servicios, excluyendo siempre de estos “encargos” de gestión a personas privadas.

Por lo que respecta al convenio administrativo, es un acuerdo suscrito por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público entre sí o con sujetos de naturaleza privada para perseguir y/o alcanzar un objeto común.

En el ámbito del Derecho público, una concesión administrativa es un negocio jurídico por el que una administración pública atribuye a uno o más sujetos derechos o deberes de los que carecía sobre bienes del dominio público. Por ejemplo, el uso, aprovechamiento, explotación o uso de instalaciones sobre suelo pública.

Documentos