Transparencia
- Transparencia Municipal
- Cargos electos y personal del Ayuntamiento
- Organigrama
- Relación de puestos de trabajo
- Alcalde
- Concejales
- Personal Eventual
- Personas responsables de las unidades administrativas
- Retribuciones de altos cargos
- Procesos de selección de personal
- Oferta de empleo público
- Convenios colectivos vigentes
- Representación del personal
- Datos de absentismo laboral
- Organización y Patrimonio
- Normas e instituciones municipales
- Cargos electos y personal del Ayuntamiento
- Planificación
- Participación y Colaboración
- Transparencia Económica
- Contratación de Servicios
- Obras Públicas y Urbanismo
- Aragón Open Data
- Acceso a la Información
Transparencia
- Transparencia Municipal
- Cargos electos y personal del Ayuntamiento
- Organigrama
- Relación de puestos de trabajo
- Alcalde
- Concejales
- Personal Eventual
- Personas responsables de las unidades administrativas
- Retribuciones de altos cargos
- Procesos de selección de personal
- Oferta de empleo público
- Convenios colectivos vigentes
- Representación del personal
- Datos de absentismo laboral
- Organización y Patrimonio
- Normas e instituciones municipales
- Cargos electos y personal del Ayuntamiento
- Planificación
- Participación y Colaboración
- Transparencia Económica
- Contratación de Servicios
- Obras Públicas y Urbanismo
- Aragón Open Data
- Acceso a la Información
La Relación de Puestos de Trabajo (RPT)
La Relación de Puestos de Trabajo (RPT) es el instrumento técnico sobre el que las Administraciones Públicas diseñan su estructura de personal para adecuarla a las necesidades del servicio público (tanto internamente como hacia la ciudadanía). Es por tanto el eje sobre el que pivota la gestión de recursos humanos. La eficacia y gran diferencia de la RPT respecto a un organigrama radica en su objetividad: no tiene en consideración a la persona que ocupa el puesto de trabajo sino al puesto en sí.